El presidente Alberto Fernández, junto con los ministros de su gabinete, ha oficializado mediante el Decreto 585 la eliminación del límite de edad de 18 años y la condición de estado civil para los derechohabientes de los veteranos de la Guerra de Malvinas. Esta medida tiene como objetivo permitir que continúen recibiendo las pensiones establecidas por ley.
Según lo dispuesto en el decreto, a los derechohabientes de los veteranos de la Guerra de Malvinas «no les regirá la limitación de edad contemplada en dicho inciso, resultando asimismo indiferente su estado civil a los fines de establecer su condición». En ausencia de viuda, viudo o conviviente con derecho a ellas y de otros hijos menores o con discapacidad, los hijos e hijas del causante podrán participar en la percepción del beneficio de la Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur a partir de los 18 años.
En los fundamentos del Decreto, se destaca la necesidad de eliminar la limitación de edad para los hijos e hijas de los Veteranos de Guerra, permitiéndoles percibir la pensión honorífica más allá de los 18 años. Se argumenta que las particularidades de este beneficio, en el contexto de la situación económico-social que afecta a los sectores de menores ingresos, como los Veteranos de Guerra, hacen difícil cumplir con los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes.

